Aporte por Yessica Tatiana Toro Correa
¿QUÉ NO ES CONSIDERADO ACOSO LABORAL?
A continuación se podrán tener en cuenta algunos ejemplos que se tendrían que analizar pormenorizadamente con el abogado laborista especializado en acoso laboral.
Un hecho aislado: Por ejemplo, llegar a trabajar y que tu jefe no te dé los buenos días o que te llame más tarde al despacho donde te diga que el informe que le presentaste no le ha gustado. Eso por sí mismo, no sería acoso laboral, se trataría de un hecho aislado.
Un hecho colectivo organizado: Sería una medida que se toma para todo un departamento de la empresa, por ejemplo, a partir de ahora los comerciales no tendrán coche de la empresa, esa situación afecta a toda la empresa, no sería acoso laboral, pero sería un situación a tratar más con el comité de empresa o con los sindicatos que a tratarse de tema de acoso laboral.
Presión legítima: Entra dentro del sentido común de las personas la presión legítima que ejerce un jefe, ejemplo, tienen un plazo para la entrega de un pedido antes del viernes, es normal que a la gente se estimule para trabajar más y cumplir con la entrega y así mismo que el jefe pregunte como va con el trabajo que se debe entregar.
Discusiones legítimas: Entraría dentro de los habitual que haya intercambio de pareceres, que el jefe tenga una visión concreta de un tema y que el trabajador lo vea de otra forma, sin tener en cuenta el uso de las palabras agrestes, solo compartir ideas sin llegar al punto de alegato.
Críticas constructivas: Como las discusiones legítimas, si los aportes de los compañeros o superiores hacen que el trabajo sea mejor, no constituyen ningún hecho de acoso, solo manifiestan otro punto de vista la cual la otra persona puede tomar para la mejora.
Revisión correcta por parte un superior: Si un superior revisa los trabajos o procesos con el fin de optimizar, por si solo, no podría tratarse un acoso laboral.
Un hecho aislado: Por ejemplo, llegar a trabajar y que tu jefe no te dé los buenos días o que te llame más tarde al despacho donde te diga que el informe que le presentaste no le ha gustado. Eso por sí mismo, no sería acoso laboral, se trataría de un hecho aislado.
Un hecho colectivo organizado: Sería una medida que se toma para todo un departamento de la empresa, por ejemplo, a partir de ahora los comerciales no tendrán coche de la empresa, esa situación afecta a toda la empresa, no sería acoso laboral, pero sería un situación a tratar más con el comité de empresa o con los sindicatos que a tratarse de tema de acoso laboral.
Presión legítima: Entra dentro del sentido común de las personas la presión legítima que ejerce un jefe, ejemplo, tienen un plazo para la entrega de un pedido antes del viernes, es normal que a la gente se estimule para trabajar más y cumplir con la entrega y así mismo que el jefe pregunte como va con el trabajo que se debe entregar.
Discusiones legítimas: Entraría dentro de los habitual que haya intercambio de pareceres, que el jefe tenga una visión concreta de un tema y que el trabajador lo vea de otra forma, sin tener en cuenta el uso de las palabras agrestes, solo compartir ideas sin llegar al punto de alegato.
Críticas constructivas: Como las discusiones legítimas, si los aportes de los compañeros o superiores hacen que el trabajo sea mejor, no constituyen ningún hecho de acoso, solo manifiestan otro punto de vista la cual la otra persona puede tomar para la mejora.
Revisión correcta por parte un superior: Si un superior revisa los trabajos o procesos con el fin de optimizar, por si solo, no podría tratarse un acoso laboral.
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