Una huelga laboral es "huelga de trabajo", una acción colectiva, emprendida por un grupo de trabajadores que consiste en una cesación temporal de la prestación de trabajo, es decir, negarse a cumplir total o parcialmente el trabajo que les ha sido encomendado. Normalmente se emplea como medio de ejercer presión en las negociaciones con el empleador, para obtener una mejora en las condiciones económicas, o en general labores.
En otras palabras, una huelga laboral es una forma de manifestar un conflicto o desacuerdo mediante la interrupción del trabajo, de forma individual o colectiva, con el fin de defender los intereses profesionales de los trabajadores y lograr mejores condiciones laborales y sociales.
La Huelga como Derecho Fundamental:

La "huelga laboral" es un derecho fundamental para los trabajadores, sirve para expresar el descontento con algunas cuestiones laborales. Está considerada como uno de los más valiosos derechos con que cuentan los trabajadores para dar solución a sus conflictos y diferencias laborales.

La "huelga laboral" es un derecho fundamental para los trabajadores, sirve para expresar el descontento con algunas cuestiones laborales. Está considerada como uno de los más valiosos derechos con que cuentan los trabajadores para dar solución a sus conflictos y diferencias laborales.
-El Código Sustantivo del Trabajo, define a la huelga así:
Art. 429."- Definición de huelga. Se entiende por huelga la suspensión colectiva temporal y pacífica del trabajo, efectuada por los trabajadores de un establecimiento o empresa con fines y económicos y profesionales propuestos a sus patronos y previos los trámites establecidos en el presente título."
-Articulo 56 de la Constitución Política de Colombia:
Artículo 56. "Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador. La ley reglamentará este derecho. Una comisión permanente integrada por el Gobierno, por representantes de los empleadores y de los trabajadores, fomentará las buenas relaciones laborales, contribuirá a la solución de los conflictos colectivos de trabajo y concertará las políticas salariales y laborales. La ley reglamentará su composición y funcionamiento."
Nota: La huelga, como mecanismo destinado a dirimir los diferendos laborales, y a partir de la Constitución política de 1991, adquiere un estatus especial, razón por la cual el desarrollo de la misma debe ser garantizado por las autoridades en todas las actividades que se desarrollen dentro del territorio nacional, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el Legislador.
El derecho de huelga constituye un medio legítimo de acción directa de los trabajadores, está condicionado o limitado de dos formas, primero porque se encuentra prohibido su ejercicio en los servicios públicos esenciales determinados por el orden legal, y segundo su ejecución debe ajustarse a la legislación atinente al mismo. La huelga, no pueden ser desarrolladas de manera arbitraria; de lo contrario, el derecho de huelga dejaría de ser un verdadero derecho.
Procedimiento de huelga: (Artículos 920 al 938)
![]() |
*Ver imagen completa en la siguiente dirección: https://www.uaeh.edu.mx/scige/boletin/huejutla/n11/multimedia/m2/m2_1.jpg |

Ejemplo de huelga
-Pongamos un ejemplo, si los trabajadores de una empresa de transporte público convocan una huelga, es decir, dejan de trabajar durante un día, esto afectará en primer lugar a los empresarios, ya que como hemos mencionado antes no podrán ejercer su poder para ir en contra de la huelga, afectará a su vez al salario y el contrato de los trabajadores, y por último a la economía del país, ya que al existir un parada del servicio por la huelga los ingresos recaudados por esa empresa de transporte público serán menores durante el tiempo que dure la huelga. Además, habrá un perjuicio a las personas que deberían haber utilizado ese servicio de transporte y a sus respectivas empresas.
-
La de los trabajadores de Cristar en Buga, una huelga ejemplo de lucha.
Referencias: