sábado, 23 de marzo de 2019

¿QUÉ ES EL FUERO SINDICAL?

Aporte por Evelyn Vanessa Rosero Alvarez


El Fuero Sindical

Es la figura jurídica que protege a los directivos de un sindicato de ser despedidos sin la previa intervención de un juez laboral, y de ser trasladados de lugar de trabajo.

La protección es contra un despido injusto e ilegal, permitiendo sólo el despido justo pero con previa validación de la autoridad judicial competente.





  • Derecho considerado por la misma constitución nacional (Art. 39)
«Se reconoce a los representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión.»
«la garantía de que gozan algunos trabajadores de no ser despedidos, ni desmejorados en sus condiciones de trabajo, ni trasladados a otros establecimientos de la misma empresa o a un municipio distinto, sin justa causa, previamente calificada por el juez del trabajo.»

Lea más: http://leyes.co/codigo_sustantivo_del_trabajo/405.htm

Respecto a los trabajadores amparados por el fuero sindical, se incluyen los fundadores de un sindicato, además de los trabajadores que, con anterioridad al reconocimiento de personería jurídica, ingresen al sindicato en formación, para quienes el amparo rige por el mismo tiempo que para los fundadores.
Referencias:

AHORA LA HISTORIA "PORQUE TODO EN EL UNIVERSO TIENE UN COMIENZO"

Aporte: Camilo Andres Reinoso


RESEÑA HISTÓRICA DEL SINDICATO

En Muchos apartados, se puede encontrar que el origen de los sindicatos se debe  a la época de la industrialización, y aunque esta es una verdad es cierta, sus antecedentes históricos se dan  un poco más atrás, aunque aún no se le denominada sindicato y mucho menos tenían los alcances que se le conocen hoy por hoy.


Remontemos a los inicios de la esencia del sindicato

Para hablar del origen del sindicato, tenemos que transportarnos a la edad media, donde existían unas asociaciones  de oficiales,pertenecientes al mismo gremio, estos dividían en una jerarquización que contemplaba tres clases: Maestros; el cual era un pequeño propietario, que contaba con la materia prima, inmuebles y herramientas para ejercer el oficio, en ese orden de jerarquización, se encontraban los oficiales, los cuales vivían en la casa de sus maestros, recibiendo un salario, alojamiento y comida, por desarrollar una actividad, cuando estos se especializaban en una actividad en concreto, está le servia para realizar examen denominado obra maestra, que permitía promoverlos a maestros. Por ultimo y en la ultima parte del escalafón se encontraban los Aprendices, los cuales al iniciarse en una profesión, aprendían con la guia del maestro, y cuando culminaba su aprendizaje pasaban hacer oficiales. los aprendices solo recibían comida y alojamiento.

Cuando la competencia comenzó a ser mayor, los maestros comenzaron a poner reglas mas complicadas  para promover a los oficiales y de esta manera no tener mas competencias futuras, es así que a partir de la época de XIV, las condiciones se hicieron tan estrictas que era casi imposible acceder al rango de maestro. Entre los siglos XIV y XVI los oficiales se fueron asociando para exigir mayores sueldos y mejores condiciones. Lograron obtener ciertas mejoras salariales y laborales, a veces declarándose en huelga.

Así vemos que los sindicatos tiene parte de sus raíces en el siglo XIV y XVI, en este punto  se hace indispensable acotar, que para hablar propiamente de sindicatos, debemos mirar a finales del siglo XVIII, más precisamente en la inglaterra del siglo en mención. Pues es inglaterra cuna de la industrialización, donde tiene el mayor auge el trabajo con máquinas industrializadas, invención  que  incide en la producción, lo que produjo una verdadera revolución, dando lugar a que la máquina sustituya al trabajador manual, que la fábrica ocupe el lugar del taller, que la gran industria suplante a la economía del artesano, y que la producción del mercado local, se transforme en producción para el mercado mundial.

Debido a esta acelerada industrialización nacen varios sindicatos como: sociedades de socorro mutuo, cooperativas de obreros, sociedades de educación obrera y de tiempo libre... y por último sociedades de resistencia o sindicatos.

Los sindicatos en este siglo contaban con la particularidad que estaban principalmente conformados por artesanos, teniendo como principal objetivo  la unión de los obreros para conseguir mejoras laborales y salariales, operando como cajas de resistencia frente a adversidades como la enfermedad o el desempleo.

A finales de ese siglo, por medio de una legislación represiva (1799 y 1800), se prohibió todo tipo de asociacionismo obrero, con lo que las organizaciones de trabajadores pasaron a ser ilegales y hubieron de ejercer su actividad clandestinamente.

 

¿CÓMO SE PUEDE DISOLVER UN SINDICATO?

Aporte: Katherine Rubiano M.

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE UN SINDICATO


Según lo establecido en el Capítulo VII del Código Sustantivo del Trabajo en los Artículos 401 y 402 se habla sobre los casos de disolución y liquidación de los sindicatos.

Artículo 401. CASOS DE DISOLUCIÓN. Un sindicato o una federación o confederación de sindicatos solamente se disuelven:

a) Por cumplirse cualquiera de los eventos previstos en los estatutos para este efecto.

b) Por acuerdo, cuando menos, de las dos terceras (2/3) partes de los miembros de la organización, adoptado en asamblea general y acreditado con las firmas de los asistentes.

c) Por sentencia judicial.

d) Por reducción de los afiliados a un número inferior a veinticinco (25), cuando se trate de sindicatos de trabajadores.

Artículo 402. LIQUIDACIÓN. 

1. Al disolverse un sindicato, federación o confederación, el liquidador designado por los afiliados o por el juez aplicará los fondos existentes, el producto de los bienes que fuere indispensable enajenar y el valor de los créditos que recaude, en primer término el pago de las deudas del sindicato, federación o confederación, incluyendo los gastos de la liquidación. Del remanente se reembolsará a los miembros activos las sumas que hubieren aportado como cotizaciones ordinarias, previa deducción de sus deudas para con el sindicato, federación o confederación, o, si no alcanzare, se les distribuirá a prorrata de sus respectivos aportes por dicho concepto. En ningún caso ni por ningún motivo puede un afiliado recibir más del monto de sus cuotas ordinarias aportadas. 
  
2. Cuando se trate de disolución de un sindicato y este hubiere estado afiliado a una federación o confederación, el liquidador debe admitir la intervención simplemente consultiva de un delegado de ella en sus actuaciones. 

Referencias

http://www.mintrabajo.gov.co/normatividad/leyes-y-decretos-ley/codigo-sustantivo-del-trabajo 

¿CUÁLES SON LOS SINDICATOS MAS CONOCIDOS EN COLOMBIA?

Aporte realizado por Karen Lorena López Aguirre 


                 ¿CUÁLES SON LOS SINDICATOS MAS RECONOCIDOS EN COLOMBIA?







La lucha por defender sus derechos y adquirirlos se ha llevado a lo largo de los años gracias a los trabajadores que se prestan como voluntarios para ser representantes de las mismas.


Desde el siglo XIX hasta ahora se han formado varios sindicatos en nuestro país tales como:

1-   El sindicato de la rama judicial: Encargada de administrar justicia en el estado Colombiano, cumplir las leyes y proteger los derechos en nuestro país. Se compone por distintas organizaciones de poder público.

       2- Federación Colombiana de Educadores (FECODE): Se encarga en defender la educación publica, velando también por la conformación y funcionamiento de las escuelas departamentales. 



 3- Confederación de Trabajadores de Colombia: La central sindical obrera más antigua de Colombia fundada en la época de presidencia de Alfonso López Pumarejo en el año 1935 del 10 de agosto, basada en los intereses y en defensa de los trabajadores.


       4-   Unión Nacional de Empleados Bancarios (UNEB): Conformada por los trabajadores del sector financiero bien sea corporaciones financieras , fiduciarias , establecimientos bancarios, compañía de seguros , fondos financieros entre otros. Encargada de defender los intereses de los trabajadores en el sector financiero. 

       5- Central Unitaria De Trabajadores De Colombia: Encargada de velar por los derechos laborales ,equidad y respeto para la mejora de condiciones de los trabajadores. 





       Referencias: https://grupoestudiantilanarquista.wordpress.com/organizaciones-obreras-y-sindicales/


¿CUÁNTO PUEDE DURAR UN SINDICATO?

Aporte por Yessica Tatiana Toro Correa


¿CUÁNTO PUEDE DURAR UN SINDICATO?


El mandato de la directiva sindical dura cuatro años desde el día de la votación, el inciso 5° del articulo 235 del Código sustantivo del trabajo establece "El mandato de la directiva sindical dura no menos de dos años, ni más de cuatro, y los directores pueden ser reelegidos."

De esa forma serán los estatutos del sindicato los que deberán determinar la duración del mandato de la directiva.


https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-propertyvalue-145870.html

jueves, 21 de marzo de 2019

VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE UN SINDICATO

Aporte por Erika Johanna Niño C.


Los sindicatos ayudan a sus miembros a negociar de forma colectiva los salarios y beneficios de forma más efectiva ya que su fuerza laboral con lleva a una mayor posibilidad de éxito en cuanto a las peticiones ante las empresas.
Sin embargo cabe aclarar que las leyes que benefician a los sindicatos tienen diferentes contras ya que pueden usarse para proteger los puestos de trabajo de empleados incompetentes o deshonestos que deberían ser despedidos ya que no cumplen con su productividad, este movimiento también puede provocar que el trabajo eventualmente disminuya ante el miedo latente de los empleadores y a esto se le debe sumar que puede generar situaciones de odio hacia la empresa lo cual puede producir enfrentamientos entre los 2 sectores por razones que no justifican que haya una explotación a los trabajadores.
La ley también puede tener el efecto opuesto de reducir el empleo, como se ha observado en las leyes de Australia desde los años 70s y las leyes federales de los Estados Unidos en los 90s, en donde los empleadores dudan de contratar nuevo personal porque quitarlos de su puesto por incompetencia sería muy costoso

Ventajas


Los sindicatos pueden ayudar a sus miembros a negociar de forma colectiva los salarios y beneficios de forma más efectiva de lo que podrían hacerlo los individuos por sí mismos. Un trabajador tiene una mínima posibilidad de éxito cuando va a pedir un aumento a su jefe, sino que probablemente será despedido, en especial durante el siglo XIX, por hacer semejante pedido que perjudicaría las ganancias del empleador. Los sindicatos, sin embargo, pueden hacer los mismos pedidos y tener el beneficio de representar a toda la fuerza laboral, con una mayor posibilidad de éxito.



Desventajas


Hay momentos en que los salarios necesitan aumentarse y ser equitativos, pero el poder de los sindicatos a veces eleva los salarios y beneficios a niveles irrealmente altos. Estos niveles pueden superar a lo que el mercado puede sostener, lo cual causa el aumento de los costos de fabricación de los objetos que se producen. El efecto contrario al aumento de salario se hace notar en que los costos se trasladan a través de toda la cadena hasta el usuario, que inevitablemente, es el trabajador representado por el sindicato. Las huelgas también hacen que los miembros un sindicato parezcan codiciosos, en especial si tienen un trabajo bien pago en comparación con otros trabajadores.
Otra desventaja de la agitación provocada por los sindicatos es que el trabajo puede eventualmente mermar. Los salarios irreales fomentan que los empleadores o reduzcan la cantidad de operarios o decidan tercerizar la producción a otros países donde los sindicatos no están involucrados en el proceso de manufactura. Esta confrontación ha producido una atmósfera divisoria entre "ellos" y "nosotros" en muchos lugares de trabajo, en lugar de fomentar la confianza y la cooperación.
Las leyes contra los despidos injustos tienen una contra también, ya que pueden usarse para proteger los puestos de trabajo de empleados incompetentes o deshonestos que deberían ser despedidos. La ley también puede tener el efecto opuesto de reducir el empleo, como se ha observado en las leyes de Australia desde los años 70s y las leyes federales de los Estados Unidos en los 90s, en donde los empleadores dudan de contratar nuevo personal porque quitarlos de su puesto por incompetencia sería muy costoso.

Garantías 

Las prácticas laborales deben escribirse en forma de leyes en la mayoría de los países, y esto hace que una huelga de un sindicato sea un proceso legal, asegurando que el empleador no puede despedir a un empleado por hacer huelga. Las huelgas en general se resuelven rápidamente, ya que los empleadores se dan cuenta que las pérdidas producidas por la huelga aumentarán los costos, y que una solución es lo mejor para todas las partes involucradas. En algunos países, los sindicatos cuentan con la protección legal que defiende sus derechos en caso de un despido injusto.
Podemos concluir entonces que los sindicatos se crearon para promover el nivel de vida y las perspectivas laborales de los trabajadores, y para este fin, los sindicatos aportan una capacitación especial a sus miembros. A veces ofrecen cursos nocturnos para que los obreros avancen en su campo laboral, o cursos comunitarios como de primeros auxilios o prácticas de seguridad laboral.


Referencia 
Enzo, S. (S.f.) Ventajas y desventajas de los sindicatos.. Recuperado de http://www.ehowenespanol.com-ventajas-desventajas-sindicatos-sobre_274025/


domingo, 17 de marzo de 2019

NORMATIVIDAD COLOMBIANA QUE HABLE AL RESPECTO

Aporte por Evelyn Vanessa Rosero Alvarez





El derecho de asociación sindical tiene vigencia en Colombia desde la expedición de la ley 83 de 1931, en donde se reguló la actividad sindical; desde ese momento se permitió a los trabajadores ejercer una de sus libertades, la de asociación.
Las normas básicas que establecen los aspectos fundamentales de la legislación en Colombia sobre creación y organización de sindicatos son:




  • El Código Sustantivo del Trabajo






  • Debemos acudir al Código Sustantivo del Trabajo (CST) como un estatuto que regula en gran parte lo concerniente al Derecho Laboral Colectivo.

    De este modo, los artículos 38 y 39 de la Constitución Política establecen:


    El articulo 38 permite concluir que el derecho de libre asociación era un derecho que hace parte de aquellos pertenecientes a las libertades individuales, siendo una prolongación de los derechos a la libertad de expresión, pensamiento y reunión.

    Así mismo, el derecho a la asociación sindical contemplado en el artículo 39, “es la libertad de disposición que tienen los trabajadores para constituir organizaciones permanentes que los identifiquen y unan, en defensa de los intereses comunes de la respectiva profesión u oficio, sin autorización previa o injerencia o intervención del Estado, o de los empleadores”

    Referencias: 
    http://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=281 
    http://www.constitucioncolombia.com/titulo-2/capitulo-1/articulo-38 




    TIPOS DE SINDICATO

    Aporte por Erika Johanna Niño.


    TIPOS DE SINDICATO 

                                 


    A la hora de formar un sindicato hay que saber cuál es el sindicato que habrá de formarse según los requisitos para cada uno. Articulo. 356 CST. 

    Los sindicatos se clasifican: 

    a) De empresa 
    b) De industria o por rama de actividad 
    c) Gremiales 
    d) De oficios varios

    Sindicato de empresa: Están formados por individuos de varias profesiones, oficios o especialidades, que prestan sus servicios en una misma empresa, establecimiento o institución. 

    Sindicato de industria o por Rama de actividad económica: Están formados por individuos que prestan sus servicios en varias empresas de la misma industria o rama de actividad económica. 

    Sindicatos gremiales: Están formados por individuos de una misma profesión, oficio o especialidad. 

    Sindicato de oficios varios: Están formados por trabajadores de diversas profesiones, disimiles o inconexas. Estos últimos sólo pueden formarse en los lugares donde no haya trabajadores de una misma actividad, profesión u oficio en número mínimo requerido para formar uno gremial y solo mientras subsista esta circunstancia.

    Los sindicatos en Colombia se encuentran estructurados en primer, segundo y tercer grado.

    Sindicatos de primer grado: sindicatos de empresa, gremiales, de industria o actividad económica, generales o de oficios varios.

    Sindicatos de segundo grado: sindicatos formados por otros sindicatos, es decir, agremiaciones de sindicatos, mas conocidos como federaciones. Toda federación local o regional de trabajadores debe constituirse con un número no inferior a 10 sindicatos afiliados y toda federación nacional, profesional o industrial, no menos de 20 sindicatos afiliados.

    Sindicato de tercer grado: en este nivel se encuentran las agremiaciones de federaciones, es decir, las confederaciones.

    REFERENCIAS :  código sustantivo del trabajo disponible en: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33104 


    ¿QUÉ FUNCIONES CUMPLE CADA MIEMBRO DEL SINDICATO?

    Aporte por Yessica Tatiana Toro Correa



    ¿QUÉ FUNCIONES CUMPLE CADA MIEMBRO DEL SINDICATO?



    Cada miembro del sindicato de las empresas, debe cumplir con las funciones asignadas, las cuales se describen en la constitución del sindicato local, A continuación se presentan algunas pautas relativas de estas funciones de los miembros.

    Los sindicatos se asignan roles como:

    * Presidente.
    * Vicepresidente.
    * Secretario y Tesorero.
    * Secretario de Actas.
    * Junta Ejecutiva.
    * Fiduciarios.

    Estos con el fin de llevar a cabo el control de estos sindicatos, que se agrupan en defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales, relacionados con su actividad laboral.

    Deberes del Presidente.

    Este debe presidir todas las reuniones de afiliados y de la junta ejecutiva, debe formar parte de todos los comités del sindicato local, debe refrendar cheques, debe nombrar a los integrantes de todos los comités del sindicato local, debe informar periódicamente a los afiliados sobre el estado del sindicato.

    Además de los deberes constitucionales mencionados anteriormente, el Presidente del sindicato local tiene muchas otras responsabilidades, como ser el portavoz de los dirigentes del sindicato afiliados.

    Deberes del Vicepresidente.

    Este debe asistir al presidente, presidir reuniones y desempeñar otras funciones del Presidente cuando este no pueda ejercerlas, este puede estar autorizado por la junta ejecutiva para refrendar cheques.

    Este debe ser un dirigente enérgico, capaz de motivar a los afiliados para alcanzar las metas propuestas del sindicato local.

    Deberes del Secretario y Tesorero.

    Estos deben recibir los fondos del sindicato local y depositarlos en un banco, deben preparar y refrendar cheques para los gastos del sindicato local, deben presentar al sindicato un informe mensual sobre los afiliados y ocuparse del pago del impuesto mensual, debe preparar un informe mensual resumido en las transacciones financieras del sindicato local, deben custodiar los bienes del sindicato local, deben constituir finanzas por medio del sindicato internacional, deben presentar informes financiero que corresponda al sindicato internacional. 

    Deberes del Secretario de Actas.

    Este debe preparar actas de las reuniones de los afiliados y de la junta ejecutiva, debe ocuparse de la correspondencia de los funcionarios del sindicato local.

    Estas actas son relaciones escritas a brevedad de lo que ocurrió en una reunión, estas se deben anexar al informe financiero mensual y archivarlas.

    Deberes de la Junta Ejecutiva.

    Este debe ser el órgano directivo del sindicato local, debe fijarse las directrices y metas del sindicato local en los casos en que los afiliados no lo hayan hecho, deben informar sobre todas las acciones y decisiones en la reunión siguiente de afiliados.

    La Junta recibe informes de todos los comités del sindicato y supervisa sus actividades, la Junta planea temario de la reunión siguiente de afiliados, la Junta establece las directrices, las metas y la orientación del sindicato.

    Deberes de los Fiduciarios.


    Estos deben verificar las cuentas del sindicato, por menos una vez al año e informar sobre los resultados a los afiliados.


    La función de los fiduciarios es garantizar el derecho de los afiliados a una contabilidad completa y clara de todos los fondos sindicales.

    ¿QUIÉNES CONFORMAN UN SINDICATO?

    Aporte por Katherine Rubiano M.

    ¿QUIÉNES CONFORMAN UN SINDICATO?


    El sindicato es una asociación integrada por trabajadores ya sea de empresas públicas o privadas que se agrupan en defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales relacionados con su actividad laboral o con respecto al centro de producción y que desde el momento de la asamblea de constitución se convierte en una Persona jurídica.

    Lo primero que se hace es conformar una junta directiva la cual esta compuesta por un presidente, un vicepresidente, un tesorero y un secretario.





        Si la empresa tiene cincuenta o menos trabajadores, podrán constituir un sindicato ocho de ellos, siempre que representen como mínimo el 50% del total de trabajadores de dicha empresa.









    La constitución de un sindicato en una empresa que tenga más de cincuenta trabajadores, requerirá de un mínimo de veinticinco trabajadores que representen, a lo menos el 10% del total de los que presten servicios en ella. 





    Referencias
    https://www.gerencie.com/aspectos-generales-sobre-los-sindicatos.html

    ¿CÓMO SE ESTRUCTURA, ORGANIZA Y ANTE QUIÉN SE REGISTRA UN SINDICATO?

    Aporte por Karen Lorena Lopez Aguirre


    ¿CÓMO SE ESTRUCTURA UN SINDICATO?




    Para iniciar un sindicato es necesario efectuarlo en presencia de un ministro de fe en una asamblea de trabajadores, reuniendo a los trabajadores que exige la ley “quórum” que varía dependiendo la cantidad de trabajadores que laboren allí.






    El mínimo necesario de participación para ello es de 8 personas ya sean  de empresas públicas o privadas, los cuales se reúnen en defensa  de sus intereses económicos, sociales y profesionales, representando a los trabajadores ante las administraciones públicas, velando por el cumplimiento de las normas de trabajo y seguridad social garantizando así  una mejor condición laboral dando lugar a la negociación y al contrato colectivo de trabajo.

    Para registrar un sindicato se debe efectuar inscribiéndose en el ministerio del trabajo, de acuerdo con lo señalado en el art 365 del código sustantivo del trabajo (CST).




                         http://leyes.co/codigo_sustantivo_del_trabajo/365.htm 

    PRIMERO LO PRIMERO "GENERALIDADES"

    QUE ES UN SINDICATO


    Aporte por Camilo Andres Reinoso


    Etimología de la Palabra Sindicato

    Etimológicamente, la palabra sindicato proviene del griego sindyke, que significa CON (syn) JUSTICIA (DIKE). 


    Concepto

    Grupo de `gente trabajadora que se integra para defender sus intereses financiero, profesionales y sociales, vinculados a las tareas que llevan a cabo, quienes las componen. Son organizaciones de espíritu democrático que se dedican a negociar con los patronos las condiciones de contratación, trato dentro de la institución y  cumplimiento de la normatividad laboral que aplique.


    Definiciones

    A) Asociación permanente de trabajadores cuya finalidad es defender y negociar con los empresarios sobre salarios y otras condiciones laborales.

    B) Asociación integrada por trabajadores, ya sea empresas públicas o privadas, que se agrupan en defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales relacionados con su actividad laboral o con relación al centro de producción, y que desde el momento de la asamblea de constitución, se convierte en una persona jurídica.

    C) Organización continua y permanente, creada por los trabajadores para protegerse en su trabajo, mejorando las condiciones del mismo mediante convenios colectivos.

    A continuación los dejamos con un video que ilustra de manera didáctica y práctica, que es un sindicato, para que sirve y beneficios nos trae.


                                        Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=qDJ7_C_xUVU&t=2s

    Teniendo definido el origen, concepto y definiciones de lo que es, y lo que significa sindicato, es importante acotar que los sindicatos son de naturaleza jurídica asociativa. ¿Y qué significa eso? Pues bien, ahora vayamos a una breve explicación.

    Naturaleza Jurídica de los Sindicatos

    Como se menciono anteriormente los sindicatos tienen una naturaleza jurídica asociativa, y esto indica, que permite cumplir de mejor manera sus fines, pero sobre todo le da cierta permanencia, por que cualquier asociación tiene una vida que va mas allá de sus componentes.