¿CÓMO SE ESTRUCTURA UN SINDICATO?
Para iniciar un sindicato es necesario
efectuarlo en presencia de un ministro de fe en una asamblea de trabajadores,
reuniendo a los trabajadores que exige la ley “quórum” que varía dependiendo la
cantidad de trabajadores que laboren allí.
El mínimo necesario de participación para
ello es de 8 personas ya sean de
empresas públicas o privadas, los cuales se reúnen en defensa de sus intereses económicos, sociales y
profesionales, representando a los trabajadores ante las administraciones públicas,
velando por el cumplimiento de las normas de trabajo y seguridad social garantizando
así una mejor condición laboral dando
lugar a la negociación y al contrato colectivo de trabajo.
Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=TBlr7lqsKFQ
Para registrar un sindicato se debe
efectuar inscribiéndose en el ministerio del trabajo, de acuerdo con lo señalado
en el art 365 del código sustantivo del trabajo (CST).
Referencias: http://www.apinta.org/estructura-de-los-sindicatos/
No hay comentarios.:
Publicar un comentario